El Título V, de la Constitución vigente (2008) se refiere a la Organización Territorial del Estado y al reglamento basado en principios que aseguren el equilibrio interregional, la afinidad histórica y cultural, entre otros, y señalados en el CAPITULO Segundo /art. 242 al 250
ECUADOR Y LAS ZONAS DE PLANIFICACIÓN
- Zona 1: Esmeraldas, Carchi, Imbabura, Sucumbíos
- Zona 2: Pichincha (excepto el cantón Quito), Napo, Orellana
- Zona 3: Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Pastaza
- Zona 4: Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas
- Zona 5: Santa Elena, Guayas (excepto los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón), Bolívar, Los Ríos
- Zona 6: Cañar, Azuay, Morona Santiago
- Zona 7: El Oro, Loja, Zamora Chinchipe
- Zona 8: Cantones Guayaquil, Durán y Samborondón
- Zona 9: Distrito Metropolitano de Quito
(Fuente: Derecho Ejecutivo 357, publicado en Registro Oficial N. 205 de 2 de junio de 2010).